RIES | Una
mujer identificada como Iris Fracalossi, miembro de los testigos de
Jehová, estuvo internada en el Sanatorio Garat de Concordia (provincia
de Entre Ríos, Argentina), donde se negó a ser transfundida después de
padecer durante 15 días un grave cuadro de neumonía. La muchacha fue
atendida primeramente en esa comunidad por el médico Santos Rodríguez
Chen, quien le sugirió internarse.
Pero ella hizo caso
omiso de la recomendación profesional y su situación empeoró, por lo que
se decidió trasladarla a Concordia, donde se habría resistido a recibir
sangre, según informa el medio argentino Análisis Digital.
Iris Fracalossi
falleció al pasado 26 de mayo tras la neumonía que tuvo, y por la que se
negó a ser ingresada. Al final, por la gravedad, estuvo internada en el
Sanatorio Garat de Concordia y debido a su creencia –era testigo de
Jehová- se resistía tanto ella como algunos de sus familiares a recibir
una transfusión de sangre (medio litro) para salvar su vida.
Vecinos de la
localidad de Villa del Rosario reconocieron que la muerte de la joven
“causó una profunda conmoción entre los habitantes del pueblo”. El
diario argentino La Nación recoge estas declaraciones. “Ella era muy
trabajadora y una buena muchacha pero, lamentablemente por sus creencias
religiosas se negó a que le hicieran una transfusión de sangre y
murió”, dijo a Télam Ana, una vecina de la muchacha.
El deceso se había
mantenido en el más estricto silencio por parte de sus familiares, pero
los constantes reclamos para que Iris concurriera a sus lugares de
trabajo, hicieron que finalmente la noticia se difundiera en el pequeño
pueblo. “Hace pocas horas que nos enteramos de la muerte de Iris y el
revuelo que la noticia ha provocado en el pueblo es grandísimo”, agregó
Ana.
Declaraciones médicas
Alberto Rotman,
director del Hospital Garat de Concordia, dijo que la joven contrajo
neumonía bilateral y, por consejo de un médico de esa localidad, fue
trasladada hasta un centro asistencial de Chajarí, “donde fue tratada en
forma ambulatoria porque no quería internarse”. En Télam leemos que
debido a la complejidad de la enfermedad, la mujer fue trasladada hasta
el Sanatorio Garat de Concordia, donde quedó internada por disposición
de un especialista en neumonología y murió el 26 de mayo.
“Cuando llegó, la
mujer traía un acta firmada ante escribano público en la que se negaba
terminantemente a una transfusión de sangre por principios religiosos”,
explicó el profesional. Rotman relató que la joven “empeoró en 24 horas y
tuvo que ser trasladada a terapia intensiva donde, además de
comprobarse que estaba anémica, los glóbulos rojos no transportaban la
cantidad de óxigeno necesario”.
“Se decidió ponerle
oxígeno puro a presión y se le hizo el tratamiento que necesitaba, sin
embargo cuando se le dijo que era impostergable realizarle una
transfusión de sangre, la paciente se negó varias veces, estando aún
lúcida. En menos de 48 horas y estando en terapia, la paciente falleció
ante nuestra desesperación porque el acta firmada ante un escribano
público nos impidió transfundir a la joven”, reconoció el médico, al
considerar que “el ser humano es inexplicable”.
Comparación con el otro caso argentino
La muerte de Fracasoli, quizá por su
lejanía de Buenos Aires, no concitó la atención mediática como sí lo es
el caso de Pablo Albarracini, también testigo de Jehová, quien no puede
recibir una transfusión de sangre según un documento firmado por él. El 5
de mayo pasado, Albarracini recibió seis disparos durante un asalto. Su
padre, Jorge, llevó un reclamo judicial que llegó a la Corte Suprema,
pero su pronunciamiento fue a favor del joven adepto, tal como relata el
diario El Comercio.
“No resultaría
constitucionalmente justificada una resolución judicial que autorizara a
someter a una persona adulta a un tratamiento sanitario en contra de su
voluntad, cuando la decisión del individuo hubiera sido dada con pleno
discernimiento y no afectara directamente derechos de terceros”, se
pronunció la Corte. “Mientras una persona no ofenda el orden, a la moral
pública, o a los derechos ajenos, sus comportamientos incluso públicos
pertenecen a su privacidad y hay que respetarlos aunque a lo mejor
resulten molestos para terceros o desentonen con pautas del obrar
colectivo”, añadió la Corte. En Argentina, la Ley 26 529 sostiene que el
paciente tiene derecho a aceptar o rechazar terapias “con o sin
expresión de causa”. Albarracini permanece en la clínica.
Por Luis Santamaria
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